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Los derechos de los trabajadores en España

23 Dic 2021 - Categoría: Blog /
derechos trabajadores España

Cuando llegas a un nuevo país, quieres desarrollarte tanto personal como profesionalmente. Sin embargo, a veces el desconocimiento de las leyes específicas del nuevo país en el que te encuentres hace que no seas del todo consciente de cuáles son tus deberes y, sobre todo, tus derechos como trabajador en ese país.

Lamentablemente, este desconocimiento puede hacer que seas víctima de abusos por parte de tu empleador.

España cuenta con un marco legal, justo y proporcionado, que regula las relaciones entre empleado y empleador. A veces la multiplicidad de leyes y acuerdos sectoriales dificulta la comprensión de estos derechos. Por eso hoy queremos repasar algunos derechos de los trabajadores en España que son fundamentales para que puedan crecer dentro de su carrera laboral.

Resumen

El estatuto de los trabajadores como punto de partida

Podemos definir al Estatuto de los Trabajadores en España como la norma suprema que debe respetar el resto de las normativas vigentes en el marco de las relaciones laborales. En él se recogen derechos tan importantes como el de la no discriminación por:

“Razones de sexo, estado civil, edad dentro de los límites marcados por esta ley, origen racial o étnico, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lengua, dentro del Estado español.

Tampoco podrán ser discriminados por razón de discapacidad, siempre que se hallasen en condiciones de aptitud para desempeñar el trabajo o empleo de que se trate”.

Además del Estatuto, en España existen convenios colectivos. Acuerdos generales para los trabajadores de un determinado sector profesional. Pueden ser tanto sectoriales como regionales. Es muy importante que leas el convenio que regula las relaciones de trabajo dentro de tu sector para que puedas conocer mejor cuáles son tus derechos.

En resumen y según el Estatuto de los Trabajadores en España (ET), en su artículo número 4, todos los trabajadores durante su relación laboral, tendrán garantizado el respeto a la siguiente lista de derechos básicos:

  • Elegir libremente su profesión y oficio.
  • Derecho a sindicarse libremente.
  • Derecho a la negociación colectiva.
  • Adopción de medidas de conflicto colectivo.
  • Ejercicio del derecho a huelga.
  • Documents prouvant que vous remplissez les critères d'éligibilité
  • Libertad de reunirse en asamblea.
  • Recibir información, realizar consultas y participar de manera activa en la empresa.

Adicionalmente al goce de todos los derechos básicos antes mencionados, existen otros que están más relacionados con el desarrollo de la jornada laboral.

Un ejemplo sería el derecho de Ocupación Efectiva. Implica que los trabajadores tienen derecho a que su empleador les ofrezca actividades o trabajo para realizar conforme a lo pactado en el contrato firmado.

Esta sería una forma de luchar contra una de las formas de acoso laboral más comunes, consistente en vaciar de contenido la labor de un trabajador hasta que al final este se desmoralice y decida irse a buscar retos más interesantes en otras empresas. Vinculado a esto, los trabajadores tienen el derecho a promocionarse laboralmente y acceder a la formación profesional.

Los derechos en torno al salario

Una de las máximas preocupaciones para todos los trabajadores es su salario: con él debe alimentar a su familia y, en algunos casos, enviar dinero a su país de origen para ayudar a sus seres queridos que todavía habitan en él. Precisamente son los convenios los que regulan cuál debe ser el salario para una determinada categoría profesional.

En algunas ocasiones tu empleador puede tratar de contratarte con una categoría inferior para evitar pagarte el salario que te corresponde, por lo que debes estar atento. En caso de que por circunstancias personales necesites tu dinero antes de fin de mes, tienes derecho a solicitar un anticipo de tu nómina.

En el caso de que lo solicites antes de mediados de mes la compañía solo deberá abonarte la mitad del sueldo que te corresponda. Si, por el contrario, el empleador se retrasa con el pago de tu nómina, tienes el derecho de reclamar los intereses que se hayan generado con ese retraso, debido a que el trabajador puntualmente su salario según lo pactado en el contrato laboral.

El tiempo es oro

Horas extra

Otra de las grandes preocupaciones de los trabajadores hace referencia a su jornada laboral. La jornada máxima en España es de 9 horas. A partir de ahí, si sigues trabajando, te corresponde cobrar horas extra.

Como sabrás, el gobierno ahora exige a las empresas llevar un control exhaustivo para ver el número de horas que sus empleados están trabajando para evitar que se cometan abusos.

Además de las horas extra, existen las horas complementarias para los trabajos a tiempo parcial.

Horas complementarias

Estas horas se producen cuando el trabajador dedica más tiempo del establecido en su contrato a trabajar. Pero a diferencia de la bonificación de las horas extra (pueden ser hasta un 75% más caras al empresario que las horas pactadas por contrato) las complementarias se retribuyen exactamente igual que el resto de las horas laborales.

Existe un límite de horas que pueden definirse como complementarias por mes. Así que, ten cuidado para que no te hagan pasar horas extra como horas complementarias.

Horario laboral

Siguiendo con el tema de los horarios, los trabajadores deben saber con una anticipación mínima de 3 semanas cuál va a ser el horario de su jornada. Además, esta horario no podrá cambiarse sin un aviso previo.

Descansos durante la jornada

Respecto a las pausas dentro de trabajo, para aquellos trabajadores que cuenten con una jornada laboral de al menos 6 horas tienen derecho a una pausa mínima de 15 minutos. Si el trabajador tiene una jornada de 4,5 horas y 6 y es menor de 18 años, tendrá derechos a un descanso no inferior a los 30 minutos.

Cuáles son tus derechos en torno a las vacaciones

Como es normal, las vacaciones también están recogidas en los derechos de los trabajadores. Tus días de vacaciones pueden ser naturales o laborales.

En el caso de los naturales, si nos tomamos una semana de vacaciones con un festivo en medio, contará como un día de vacaciones más. En el caso de que tengas días laborales, consumirás solo 4 días de vacaciones y el festivo contará como tal.

Lo regular es que por contrato tengas 30 días naturales o 24 laborales. Estos días se van generando a medida que vas trabajando, 2,5 días de vacaciones por mes. Es usual que debas tomarte gran parte de esos días durante el verano, debido a que es un tiempo de baja productividad. Podrás negociar el resto con tu empleador para acordar cuándo cogerlos.

Si tienes la mala fortuna de caer enfermo durante tus vacaciones no te preocupes. Esos días de descanso no se pierden. Puedes dejar en suspenso tus vacaciones. Lo mismo con tu baja de paternidad o maternidad, esos días no afectan tus días de vacaciones.

Quizás no lo sepas pero si tienes que mudarte de casa también tienes derecho a un día libre para poder gestionar el traslado. En algunos convenios incluso puede ser más tiempo con el que cuentes.

Protección de tu integridad física

Dentro de la relación laboral y según el Estatuto, todos los trabajadores españoles tienen derecho a que se garantice la protección de su integridad física dentro de las instalaciones donde labora. Esto se logra por medio de la implementación de una política adecuada para la prevención de riesgos laborales.

Según el ET, las empresas están obligadas a efectuar una evaluación de riesgo, con la consiguiente obligación de llevar a cabo las actividades preventivas necesarias para mitigar los riesgos detectados en la evaluación. En este sentido, también se establece que los trabajadores tienen el deber de observar y conocer las medidas de prevención de riesgo laboral adoptadas.

En general, el lugar de trabajo debería cumplir con las condiciones necesarias para garantizar la seguridad e higiene de los trabajadores. La empresa tendrá que entregar a sus trabajadores todo el material de protección correspondiente al tipo de actividad realizada y ser informados de los riesgos propios del trabajo para el cual han sido contratados.

Con respecto a quienes laboran en turnos nocturnos, la empresa tendría que garantizar una evaluación de salud gratuita y periódica. En caso de reconocer algún problema de salud asociado al trabajo nocturno, el empleado tiene el derecho de ser asignado a un puesto de trabajo diurno para el cual estén calificados o profesionalmente aptos.

Conciliar la vida personal y profesional

El Estatuto de los Trabajadores (ET), también recoge algunas medidas relacionadas con el derecho del empleado a conciliar su vida personal o familiar con su actividad profesional. En este sentido, se establecen excedencias, reducciones y/o adaptación de la jornada laboral, atendiendo a diferentes criterios.

Por ejemplo, el trabajador tiene la posibilidad de solicitar la reducción de la jornada laboral, incluso hasta la mitad, en caso de tener a su cargo un familiar o un menor de 12 años. Por supuesto, la reducción de la jornada va asociada a una reducción salarial proporcional. Para conseguir esto, es necesario acreditar o justificar la necesidad de reducción horaria.

También es posible una reducción de la jornada laboral hasta el 99% con derecho a recibir la prestación correspondiente, para aquellas personas que puedan probar estar a cargo del cuidado de un menor de edad con enfermedad grave que se encuentre en hospitalización o requieran de un seguimiento continuo.

En cuanto a la adaptación de la jornada laboral, esta debe ser conversada con el empleador y no es un derecho absoluto, lo que implica que la empresa puede manifestar que no existe una razón objetiva para que el trabajador no cumpla con su jornada laboral. Sin dudas, este es uno de los retos principales de las empresas frente a la nueva realidad social y tecnológica.

Maternidad y paternidad

Los permisos de maternidad y paternidad son iguales e intransferibles en España, según el Real Decreto más reciente que garantiza la igualdad laboral. En este momento, ambos progenitores tendrán la posibilidad de disponer hasta 16 semanas de licencia para poder cuidar de su nuevo hijo o hija, tras su nacimiento o proceso de adopción.

Este derecho es de carácter intransferible, lo que implica que el padre no podrá transferir o ceder sus semanas a la madre, o viceversa. A diferencia de lo que se hacía antes de la modificación del ET, donde la madre podía renunciar a dos de sus 16 semanas para beneficio del otro progenitor. Esto ya no aplica, creando una real situación de igualdad de derechos en cuanto a género.

Cuando se hace efectiva una licencia por maternidad, ambos padres tienen el derecho a recibir el 100% de la prestación establecida en su contrato durante las semanas correspondientes. En caso de nacimiento o adopción de más de un menor, se concederá un subsidio especial. También es necesario recordar que el pago de esta prestación corresponde al Instituto de Seguridad Social.

Y bien, ¿qué ocurre con los trabajadores autónomos?

El trabajo por cuenta propia también se encuentra sujeto a protección. Para esto, existe el Estatuto del Trabajo Autónomo, que crea la figura del trabajador autónomo y contempla el ámbito de aplicación, además del reconocimiento de los derechos colectivos, protección social, representatividad de sus asociaciones e impulso del trabajo autónomo.

Con el Estatuto del Trabajo Autónomo, el trabajador que ejerce su profesión de forma independiente tiene la posibilidad de ejercer sus derechos básicos individuales, así como la asistencia y prestaciones sociales que correspondan al Instituto de Seguridad Social, siempre que se encuentre al día con sus obligaciones.

Para concluir, debemos mencionar que es bastante probable que durante los siguientes años se produzcan diferentes reformas relacionadas con el nuevo contexto social y tecnológico, donde priman el teletrabajo, trabajo a distancia y las relaciones laborales más flexibles. Incluso, se prevé la posible puesta en marcha de la jornada laboral de cuatro días, actualmente en pleno debate.

La negociación colectiva se convierte en uno de los elementos clave para el desarrollo de novedades en la ley laboral española.

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